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JOHN HOWARD
El Penitenciarista

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Portal: REDNAPER. Género y Prensa

E-mail: johnhoward_pa@yahoo.es

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Tsimogianis, P.A.
Director FJHP.

"La cárcel no rehabilita. Es sólo un instrumento de castigo creado por el hombre y para el hombre, atribuyéndose con ello un derecho que  ni siquiera
Dios se ha reservado para si mismo:
el derecho de enviar a hombres,
mujeres y niños vivos al infierno".

"El ABC Penitenciario. P. Azael.

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Lourdes Ulloa
Directora de Programa
s

"Permanezca entre vosotros el amor fraternal... Acordaos de los presos, como si estuviereis presos juntamente con ellos; y de los maltratados, como que también vosotros mismos estaís en el cuerpo." Hebreos 13: 1,3.

Google .

A. NORMAS NACIONALES BASICAS

  • EL SISTEMA PENITENCIARIO
    El sistema penitenciario se funda en principios de seguridad, rehabilitación y defensa social. Se prohíbe la aplicación de medidas que lesionen la integridad física, mental o moral de los detenidos.
    Se establecerá la capacitación de los detenidos en oficios que les permitan reincorporarse utilmente a la sociedad.
    Los detenidos menores de edad estarán sometidos a un régimen especial de custodia, protección y educación.

    Artículo 28 de la Constitución Políticade la República de Panamá.

  • LA PENA DE PRISION:
    La pena de prisión consiste en la privación temporal de la libertad y se cumplirá en los lugares que la Ley deremine, de manera que ejerzan sobre el sancionado una acción de readaptación social.
    La pena de prisión que se imponga por un solo hecho punible puede durar desde 30 días hasta 20 años.

    Artículo 47 del Código Penal de la República de Panamá.

  • INFORME SOBRE PROYECTO DE LEY PENITENCIARIA.

B. DOCUMENTOS INTERNACIONALES BASICOS

C. SITIOS WEB RECOMENDADOS.

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Fundación John Howard Panamá. Derechos reservados. Panamá, 2002. - Update: 01.07.02